viernes, 24 de febrero de 2012

ANÁLISIS DEL ARTÍCULO 3° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS: EDUCACIÓN OBLIGATORA, LAICA Y GRATUITA

Contenido
Resumen 3
Introducción 4
Antecedentes históricos 5
Desarrollo 7
Conclusión 10
Fuentes de consulta 11



Resumen
            Ahondo en este texto un análisis del artículo 3° Constitucional sobre la educación en México y principalmente en sus tres características esenciales: obligatoriedad, laicidad y gratuidad, enfatizando sobre los beneficios de conocer cómo se gestaron, en qué consisten y su influencia en el trabajo docente actual. En el siglo XIX, cuando el país gesta su independencia y en el afán de buscar estabilidad, surgen las constantes pugnas entre aquellos grupos que deseaban conservar sus acostumbrados privilegios y los que pretendían cambios sustanciales en favor de la sociedad. Aún ahora, en el siglo XXI las mismas antiguas contradicciones sociales e ideales persisten y repercuten, frenando el progreso que tanto se ha anhelado desde la Independencia y que no se ha logrado hasta la fecha.




Introducción
             La educación en México tiene sustento en el Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y aunque no contiene una definición específica para educación, el Artículo 2° de la Ley General de Educación párrafo segundo señala que “es un medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es un proceso que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, formando a mujeres y a hombres con sentido de solidaridad social.” Así mismo, el 3° Constitucional enmarca las características principales sobre cómo se ha de impartir la educación en el país, que a saber son: obligatoriedad, laicidad y gratuidad.
            Sin embargo, para forjar tales preceptos, se han tenido que suscitar una serie acontecimientos desde el siglo XIX, es por ello que en el presente análisis se ha destinado un primer espacio donde se mencionarán los hechos legislativos más importantes desde la Independencia de México hasta las reformas que se han realizado al artículo en cuestión.
            Con apoyo de los antecedentes, en el desarrollo se hará un análisis de cómo se gestaron las características básicas de la educación en México: obligatoria, laica y gratuita; por último se articulan éstas con los propios puntos de vista sobre su aplicabilidad en la actualidad.




Antecedentes históricos
Ø  Constitución de 1824, primer documento legislativo con vigencia jurídica, en su Artículo 50, Fracción I, dispone en materia de educación lo siguiente: "Promover la ilustración: asegurando por tiempo limitado derechos exclusivos a los autores por sus respectivas obras; estableciendo colegios de Marina, Artillería e Ingenieros; erigiendo uno o más establecimientos en que se enseñen las ciencias naturales y exactas, políticas y morales, nobles artes y lenguas, sin perjudicar la libertad que tienen las legislaturas para el arreglo de la educación pública de los respectivos estados".
Ø  Reforma Liberal de 1833-1834, Valentín Gómez Farías como Jefe de Gobierno y en ausencia del entonces Presidente Antonio López de Santa Anna, adoptó importantes medidas en materia educativa: 1. Sustraer la enseñanza de las manos del clero. 2. Dejar el control de la educación al Estado, organizando y coordinando las tareas educativas del gobierno. 3. Crear la Dirección General de Instrucción Pública para el Distrito y Territorios Federales. 4. Instituir la enseñanza libre. 5. Promover la fundación de escuelas normales. 6. Fomentar la instrucción elemental para hombres, mujeres, niños y adultos analfabetos, y 7. Suprimir la Universidad.
Ø  15 de mayo de 1856, el Presidente Ignacio Comonfort crea el Estatuto Orgánico Provisional mientras se elaboraba la Constitución promulgada en 1857. En dicho estatuto se prohibieron los monopolios educativos y se otorgaba libertad de enseñanza a la educación privada.
Ø  La Constitución de 1857 en su artículo 3° declaraba libertad de enseñar y se enseñado.
Ø  15 de abril de 1861, el Presidente Benito Juárez García expidió la Ley para unificar planes de estudios para la instrucción básica y crear más escuelas primarias.
Ø  27 de diciembre de 1865, Maximiliano de Habsburgo expide la Ley de Instrucción Pública que establece una educación gratuita y obligatoria, restando injerencia al clero.
Ø  2 de diciembre de 1867, Benito Juárez con el apoyo de Don Gabino Barreda (introductor del positivismo en México) promulgó la Ley Orgánica de Instrucción Pública para el Distrito Federal y Territorios para reorganizar la educación en el país.
Ø  15 de mayo de 1869, Benito Juárez modifica la Ley Orgánica de Instrucción Pública, mantuvo gratuidad y obligatoriedad de educación básica y aunque no disponía expresamente la laicidad, suprimió la religión como materia.
Ø  Diciembre de 1874, con Presidente Sebastián Lerdo de Tejada y Corral se prohibió la enseñanza religiosa en planteles oficiales, imponiendo enseñanza de moral laica.
Ø  Abril de 1881, Ezequiel Montes como Secretario de Justicia e Instrucción Pública con el Presidente Manuel González Flores, en el Diario Oficial de la Federación publica la nueva Ley que sustituye a la de 1867.
Ø  23 de mayo de 1888, se promulgó la Ley de Instrucción Obligatoria que divide la educación en elemental y superior; conservaba características de gratuidad y laicidad.
Ø  21 de marzo de 1891, se promulga Ley Reglamentaria de la Instrucción Obligatoria que establece: precisiones para planes y programas, tipos de escuelas, derechos y obligaciones de maestros y forma de hacer exámenes.
Ø  15 de agosto de 1908, Justo Sierra como primer titular de la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes, asienta en el artículo 2° de la Ley de Educación Primaria, una educación gratuita, laica, obligatoria y además integral y nacional.
Ø  01 de diciembre de 1916, Venustiano Carranza presentó un proyecto de reformas a la constitución de 1857 al Congreso Constituyente en el que la educación fue uno de los temas más controvertidos entre liberales y revolucionarios.




Desarrollo
En resumen, la génesis del artículo 3° fue la Independencia de México, y el desenlace fueron las discusiones de quienes conformaron el Congreso Constituyente de 1916 para promulgar la Constitución hasta hoy vigente de 1917.
Pero, ¿por qué hubo la necesidad de realizar dicho Congreso?, ¿quiénes conformaron el Congreso constituyente del 16?, ¿por qué el artículo 3°? y ¿cuál es la razón de discutir sobre la obligatoriedad, laicidad y gratuidad de educación?
A raíz de la Independencia de México, las autoridades monárquicas de España dejaron de gobernar en el territorio mexicano y así surgieron dos formas diferentes de percibir a la política que existía desde la colonia. Y me refiero a las logias masónicas yorkina y escocesa, las cuales se abrieron paso al término del imperio de Agustín de Iturbide (1822-1823). De este modo, se hizo necesario formular las propias leyes, y de eso se encargó el primer Congreso Constituyente que promulgó la Constitución Federal de 1824,  de corte liberal o influencia yorkina, y copia fiel de la Constitución de Estados Unidos de América. Sin embargo, los conservadores o logia escocesa no estuvieron de acuerdo y fue combatida; esta lucha política entre yorkinos y escoceses por influenciar a México con sus ideales, dio pie a la Guerra de Reforma ganada por los liberales que estuvieron encabezados por Benito Juárez García.
Posteriormente, ante la fuerte crisis económica y social, a principios del XX, se iniciaron movimientos (ideológico-políticos), para vencer al gobierno de Porfirio Díaz, éste al no querer dejar el poder, lleva a México a la Revolución de 1910, encabezada por Francisco I. Madero, quién logró la renuncia y retirada de Díaz. Desde sus inicios, Madero vio la necesidad de reformar la Carta Magna de 1857. Desafortunadamente, no pudo llevar a cabo sus objetivos, debido al golpe militar de Victoriano Huerta en 1913, con el consecuente asesinato de Madero y José María Pino Suárez, Venustiano Carranza retomó la lucha por un gobierno constitucionalista siendo su principal objetivo derrotar al “usurpador” Victoriano Huerta y regresar al orden constitucional. Es así como Venustiano Carranza, como Encargado del Poder Ejecutivo, pudo convocar a un nuevo Congreso en septiembre de 1916 y promulgó la Constitución hasta hoy vigente, el 5 de febrero de 1917.
Dicho Congreso estuvo conformado básicamente por liberales (yorkinos revolucionarios) y conservadores (escoceses profesionistas). El proyecto de Venustiano Carranza en materia educativa enunciaba libertad de enseñanza, será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, y gratuita la enseñanza primaria. El principio de obligatoriedad lo remitía a la fracción I del artículo 31, de las obligaciones de los mexicanos. Ambos grupos coincidían en la gratuidad y obligatoriedad, pero dejaba abierta la oportunidad al clero para la enseñanza privada; esto era pasado por alto por los conservadores pero los liberales estaban inconformes ya que querían evitar la intromisión de la Iglesia en la educación, pues por medio de ello seguiría dominando, explotando y atrasando al país, manipulando su conciencia con su propia ignorancia.
            El debate surge debido a que mientras que para los yorkinos lo esencial para el progreso es una educación laica, obligatoria, gratuita y científica, para los escoceses la Iglesia lo es todo y es quien debe coordinar la educación para que no haya ideas liberales. Pero finalmente, el 16 de diciembre de 1916 se aprobó la propuesta de los liberales, asentando en la Constitución el artículo 3° de la siguiente manera:
"Artículo 3o. La enseñanza es libre, pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior, que se imparta en los establecimientos particulares.
"Ninguna corporación religiosa, ni ministro de ningún culto podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria.
"Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial.
"En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria."
            En la actualidad, estos postulados se consideran incluso como principios filosóficos de la educación básica mexicana, y cabe mencionar que ahora la laicidad  es definida como una educación que se mantiene neutral sobre todas las doctrinas, ya sean religiosas, filosóficas, morales, políticas, económicas, etc. Ahora bien, quizás no sea posible para un profesor dictar su cátedra sin influir sobre sus alumnos en cuanto se refiere a estos temas bajo su propia perspectiva, a esto se le conoce como currículum oculto.
            Toca turno de hacer mención a uno de los principios que parece ser motivo de discusión y ha sido colocado en tela de juicio en la Educación Pública al cobrarse las “cuotas voluntarias”, es decir la gratuidad  que hace ver que en ningún momento se privará a algún individuo del derecho a la educación por causas de bajos recursos económicos, ni tampoco se podrá obligar a los padres de familia a pagar una cuota, que muchas veces acordada por la Sociedad de Padres de Familia. Sin embargo, a veces es muy necesario hacer uso de la cuota voluntaria para la subsistencia y mantenimiento de la escuela, ya que muchas veces ésta no recibe los apoyos suficientes y/o necesarios por parte de las autoridades gubernamentales y educativas.
            Por último, en el artículo 31 constitucional se asienta la obligatoriedad por parte de los padres mexicanos de hacer que sus hijos reciban educación básica, a diferencia del artículo 3º que es más general, este artículo especifica como obligación la educación, pero de los padres mexicanos a otorgarla a sus hijos en edad escolar.



Conclusión
            El texto original del artículo 3º redactado en la Constitución de 1917, ha tenido, hasta la fecha, 7 reformas y varias modificaciones; pero en esencia el espíritu que animó a los constituyentes del 1916, en cuanto a las aspiraciones del pueblo mexicano por tener una educación popular, democrática, nacionalista, gratuita, obligatoria y laica, no ha cambiado; debemos recordar, o no olvidar, que ese espíritu es producto de un movimiento social independista que aún después de dos siglos no terminan de concretarse sus aspiraciones.




Fuentes Consultadas

11 comentarios:

  1. muy buena informacion me sirvio mucho

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  2. me podrían dar el nombre del autor de este texto? me parece muy interesante para referenciarlo

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